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Derecho digital y su influencia en el marketing digital

Según un artículo realizado por el Dr. Nelson Alexander Schepis Montini, publicado en Propmark, revista digital especializada en publicidad y marketing, el Dr. Nelson Montini aborda el tema.




Como bien sabemos, el marketing es primordial en las decisiones de consumo, tanto que tales datos se reflejan en las investigaciones de Statista al identificar que el 43% de la población brasileña ya ha realizado, al menos, una compra influenciada por los "influencers".


En este porcentaje, Brasil lidera el ranking global de una población "influyente", más aún porque la población brasileña es la que más consume contenidos de redes sociales, superando ampliamente el consumo de programas de televisión.

De este modo, podemos percibir la esencialidad de que el profesional preste atención a algunas prácticas, evitando problemas.


Así, percibimos que las redes sociales son más presentes en nuestras vidas, surgiendo así la necesidad del conocimiento del Derecho Digital.


Los profesionales cada vez más necesitan estar capacitados, no solo en su terreno profesional, sino también y principalmente en las nuevas leyes y aspectos sociales.


Cada vez más estamos en línea y dejando de lado el offline, es decir, cada vez más los medios necesitan estar en el mundo digital que en el físico, pero, vamos a una pregunta, ¿qué es el derecho digital? ¿Cómo se está orientando este tema actualmente?


Al igual que toda rama del derecho, al referirnos al derecho digital, estamos hablando de un conjunto de reglas y normativas legales que orientan el asunto.


El derecho digital, en pocas palabras, no es más que el derecho en el mundo digital, es decir, el conjunto de leyes y reglamentaciones que orientan el mundo digital, el mundo inmaterial.


Otra pregunta que debemos plantear es, si existe el derecho digital, ¿cuál es el número de la ley a la que se refiere? Aquí, querido lector, entramos en un vacío legal.

Actualmente no existe una ley, un códex, que regule el derecho digital. Actualmente, en Brasil, tenemos un conjunto de leyes que deben ser estudiadas y utilizadas.


Tenemos el Código Penal para ser utilizado para la aplicación de crímenes virtuales, tenemos el Código Civil que determina las conductas civiles, tanto en el mundo material como en el virtual, tenemos el Código de Defensa del Consumidor, el marco civil de internet y la ley general de protección de datos, el derecho de autor... recordando, este rol que presentamos es meramente ejemplificativo.


Como podemos ver, el derecho digital es un tema de gran complejidad, pero para el lector de este artículo, que busca información del marketing digital, debe saber que el rol presentado anteriormente es aquel que requerirá el conocimiento del profesional.


Por este motivo, se dará un breve repaso sobre los temas de mayor relevancia para el profesional del marketing digital en sus cuidados profesionales en internet, no abordaremos aquí sobre la relación con el cliente, sino, superficialmente, los temas de atención al profesional.


Pero recuerde, querido lector, siempre estudie el campo de actuación del proyecto a ser desempeñado, para no generar problemáticas futuras.


Marco civil de internet y el código civil


El marco civil de internet, ley 12965/14, establece principios, garantías, derechos y deberes para el uso de Internet en Brasil, siempre siendo analizado e interpretado conjuntamente con el Código Civil – de manera a complementar los entendimientos de la ley.


Esta ley, para el profesional de marketing, asegura su libertad de expresión en el mundo virtual (a nuestro ver una innecesidad, ya que ya existe tal temática en el Código Civil), así como garantiza su privacidad en esta “segunda vida”.


Ya el código civil es utilizado para asegurar legalmente otras garantías y deberes, que serán tratados más adelante.


A nuestro ver, este es el único punto que merece una observación superficial.


De la responsabilidad civil


El profesional liberal moderno es un prestador de servicios donde su responsabilidad evoluciona a cada momento en detrimento de la actividad desempeñada a lo largo del tiempo.


El profesional del marketing, sea digital o no, debe prestar atención a sus responsabilidades.


Aquí no estamos hablando de contrato con el cliente, sino que el profesional puede ser demandado por su cliente si su servicio llegara a generar cualquier especie de daños.


Por lo tanto, el profesional siempre debe prestar atención a las peculiaridades sociales de sus enfoques, así como los vernáculos correctos y la utilización de jerga adecuada.


Es decir, antes de efectuar la publicación del marketing de manera pública, debe ser analizado si la acción puede generar algún tipo de ofensa o generar entendimiento subliminal.


Peculiaridades como, el marketing digital para el uso de categorías profesionales también merece observaciones, como, a título de ejemplo, acciones de marketing a abogados, que poseen grandes peculiaridades en detrimento al Código de ética profesional.


En nuestra experiencia, ya hemos tenido colegas abogados y sociedades siendo accionados por el tribunal de ética, por ejemplo, por malas actitudes implementadas de marketing, lo que generó perjuicio a ambos profesionales.


De la ley general de protección de datos


Este prácticamente es un punto de fuerte necesidad de conocimiento al profesional de marketing. Primeramente, vamos a conocer un poco, muy superficialmente, la ley.


A nuestro entender sobre este conjunto legal, la promulgación de esta ley es una expansión de los entendimientos de la Constitución Federal y del Código Civil, teniendo el objetivo de proteger las libertades fundamentales y la privacidad de los datos personales, es decir, se trata de un compilado y profundización.


La ley pasó a determinar una multa relevante que puede ser aplicada, siendo la principal necesidad de conocimiento del profesional de marketing, al fin y al cabo la multa aplicable es del 2% del facturamiento, siendo que el límite de la multa es de R$ 50 millones por infracción. Esta multa puede, literalmente, poner fin a una actividad empresarial, sea del profesional o de su cliente.


Podemos resumir y afirmar que la LGPD apunta a la protección de datos personales, donde surge la necesidad del profesional de marketing de adecuarse a estos datos y colectas, no estamos hablando de un simple botón de “acepto” el compartimiento de datos y cookies. Va mucho más allá.


Por lo tanto, como podemos percibir, corresponde al profesional hacer el uso adecuado de las herramientas para recolectar solo los datos que realmente son necesarios, así como sean recolectados de manera consentida.


Aún así, querido lector, este banco de datos necesita contar también con protección para evitar la fuga de datos.


Es primordial que las empresas y profesional de marketing posean una planificación adecuada frente a la LGPD para siempre tener un guion del preventivo al represivo.


Desafortunadamente como actuadores del derecho, muchos clientes ya llegan a nosotros para la búsqueda de una solución para un problema que ya ocurrió, siendo un trabajo mucho más arduo para la solución de que cuando ya existe una adecuación legal, aunque sea mínima.


De la responsabilidad ética profesional


El profesional, por encima de todo, debe siempre prestar atención a los dictámenes del código de ética de la ABEMD (Asociación Brasileña De Marketing De Datos).

Dicho código de ética orienta al profesional en lo que este puede o no hacer relativo a las actividades de marketing a ser desempeñadas y el uso de vernáculos.


Actualmente, de manera extremadamente simploria, el Código de ética profesional ya refleja la LGPD de manera intrínseca a sus textos.


Por eso, nuestra opinión profesional, tomando en cuenta la ley, sus sanciones, las realidades y nuestra experiencia en campo de actuación, podemos afirmar que al profesional de marketing, en el desempeñar de sus funciones, es siempre interesante tener una planificación jurídica relativa a la protección de datos, así como, siempre debe tener en mente las responsabilidades, es decir, lo que puede suceder con el profesional y su cliente si una planificación de marketing es mal realizada, pudiendo generar pérdidas financieras razonables al profesional y/o al cliente, sin decir que puede aún haber sanciones de orden ético.


Vale mucho más una buena prevención a una represión tardía.





Navega con seguridad a través del marketing, podemos ayudarte.

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